GRUPO 4: Teddy, Luciana, Tortato
- El artículo 16 de la Declaración Universal de DDHH dice:
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Si bien en Bolivia se está avanzando en materia de DDHH respecto a la unión civil de parejas del mismo sexo, por ser culturalmente un pais homofóbico no se permite que las parejas homosexuales adopten bebés para formar una familia.
- El articulo 60 de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes en el Estado Plurinacional de Bolivia dice:
Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado.
A pesar de que la ley nos dice que se debe proteger el bienestar de los niños la gente de nuestro país es lamentable decir que tenemos un promedio de 89.5% de la población realiza maltrato a los menores del hogar.
- El articulo 2 de la Declaración de DDHH dice: Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Actualmente en Bolivia podemos contemplar que se realizan diversos actos que afectan a personas con diversas condiciones; estos actos ya son ejercidos por otras personas, grupos o incluso el mismo Estado. Algunos ejemplos van de actos o frases racistas, homófobas o sexistas ante un individuo o múltiples como a el Estado atacando a personas por tener una posición política diferente; esto ultimo sin importar los colores políticos del gobierno de turno.