¿Sabías qué?...
El artículo 27 de la Legislación del agua que se encuentra en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: establece las reglas para la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales con base en las leyes.
Es decir, si bien es cierto que podemos hacer uso del recurso este tiene ciertas regulaciones en cuanto la sobreexplotación del recurso.
Así mismo el artículo 4 de la legislación del agua, nos indica que cualquier persona tiene derecho al acceso, disposición del recurso esto de forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, así mismo el estado debe garantizar este derecho de forma equitativa y sustentable. Esto desde luego que, con la colaboración de la federación, los estados y la ciudadanía para conseguirlo porque no es un privilegio sino ¡un derecho fundamental!