Rommel Derian Zuña Solórzano
COMPAÑÍA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
1. Capital:
Se constituye mediante las aportaciones de los socios. Estas aportaciones, representadas por participaciones, pueden ser en numerario o en especie, ya sea en forma de bienes muebles o inmuebles relacionados con la actividad de la empresa. Al constituirse la compañía, el capital debe estar íntegramente suscrito, y al menos el cincuenta por ciento de cada participación debe estar pagado. Las aportaciones en especie se detallan en la escritura, incluyendo su valor y la transferencia de dominio a favor de la compañía.
2. Denominación:
La compañía opera bajo una razón social o denominación objetiva, seguida de las palabras "Compañía Limitada" o su abreviatura correspondiente. Si se utiliza una denominación objetiva, esta debe ser única y no confundirse con otras compañías preexistentes.
3. Domicilio:
El domicilio de la compañía se establece según las disposiciones de la ley y debe estar registrado en el contrato social.
4. Objeto:
El objeto de la compañía de responsabilidad limitada abarca la realización de actos civiles y comerciales permitidos por la ley, con excepción de operaciones bancarias, de seguros, capitalización y ahorro, se establece que la compañía no puede operar con más de quince socios, y su existencia se inicia con la inscripción del contrato social.
Ejemplo
1. Capital: 10.000,00 dólares
2. Denominación: Los caramelos de la abuelita Compañía Limitada.
3. Domicilio: Cantón Machala, parroquia La providencia, entre Simón Bolívar y Cristóbal Colon
4. Objeto: Elaboración y comercialización de caramelos de caña de azúcar artesanales.