NOMBRE: JESSENIA GARCÍA
PREGUNTA Realizar un argumento en donde me establezcan porque la madre se debe quedar con la tenencia de un menor que tiene 15 años.
RESPUESTA.-
1. PRIMERO.- El artículo 106 del CONA señala ciertas reglas para otorgar la tenencia sin que se altere el ejercicio de la patria potestad, sin embargo dos numerales (2 y 4) ya no forman parte del ordenamiento jurídico por ser inconstitucionales quedando únicamente el 1,3,5,6 de los cuales el numeral 1 no se aplica porque no hay acuerdo de los progenitores, el numeral 5 ninguno de los padres cumplen con las causales del art 113 del CONA y el numeral 6 tampoco están inhabilitados, es así que el más idóneo sería el numeral 3 que señala “Tratándose de los hijos o hijas que han cumplido doce años, la patria potestad se confiará al progenitor que demuestre mayor estabilidad emocional y madurez psicológica y que estén en mejores condiciones de prestar a los hijos e hijas la dedicación que necesitan y un ambiente familiar estable para su desarrollo integral”
2. SEGUNDO.- La Corte Constitucional señala parámetros para confiar la tenencia por el hecho de que aún no existe un marco regulatorio a fin de garantizar el interés superior del NNA, es así que la situación económica tampoco es un elemento para determinar quién tendrá la tenencia de sus hijo de 15 años, es así que en este caso no se evaluara la situación económica de sus padres.
3. TERCERO.- Para salvaguardar el interés superior del NNA se tomará en cuenta lo siguiente:
- La opinión del adolescente, en este caso él está en la capacidad de decidir con cual de los dos progenitores desea vivir, esta opinión debe ser evaluada por el juez a fin de determinar qué tan predeterminante es la opinión del adolescente.
- Luego de la opinión del adolescente como parte de la evaluación de los parámetros se tomara las en cuenta el numeral 3 del art 106 del CONA señala: progenitor que demuestre mayor estabilidad emocional y madurez psicológica y que estén en mejores condiciones de prestar a los hijos e hijas la dedicación que necesitan y un ambiente familiar estable para su desarrollo integral, en este caso cuál de los dos padres esta emocionalmente más capacitado para satisfacer todas las necesidades que el necesita, tanto físicas, emocionales, educativas y no se trata de un tema económico sino más bien de un tiempo de calidad con el adolescente, al ser un joven de 15 años se encuentra en una edad donde debe sentirse cómodo no presionado, en un joven que ha vivido 15 años con su mamá, que lo ha cuidado desde bebe, que lo ha llevado a la escuela, que ha estado con él cuando estaba enfermo, es con la mamá con quien él tiene un domicilio fijo estable, con todo lo necesario para desarrollarse integralmente; es quien ha ejercido con probidad su corresponsabilidad parental, aquí viene la pregunta ¿Tendrá el mismo estado emocional y seguridad al momento de vivir con su papá? No ha tenido una mala madre, ¿Será igual de feliz con su papá al cambiar su estilo de vida?, será conveniente para su desarrollo integral este cambio que pretende el padre que tenga y ¿Esto ayudará a su interés superior? Estas serían las interrogantes que deben analizar los jueces? Se supone que el padre mantiene un régimen de visitas, ¿Cumpliría a cabalidad con esto, estaría pendiente de visitarlo a su hijo siempre? ¿Está cumpliendo con la pensión alimenticia? Todo estos son puntos analizar por parte de los jueces, porque la corresponsabilidad es de los dos progenitores independientemente de quien tiene la tenencia, entonces en base a estas interrogantes los jueces pueden determinar qué es lo más conveniente para el desarrollo integral del adolescente, no se trata que se le deje la tenencia a la mamá por ser su mamá, sino, que si es fundamental que la tenencia la tenga el papá para su desarrollo integral del adolescente eso es lo que debe de justificar tanto el padre como los administradores de justicia.
Las personas somos rutinarias, y mucho más los adolescente, tienen sus amigos, tienen ya sus horarios de actividades, tiene un hogar que debe ser seguro, es así que los jueces para dar su decisión tiene que tomar en cuenta también estos puntos, si el joven quiere cambiar de rutina, si de verdad quiere irse con su papá o únicamente opino eso porque quiere experimentar que se siente vivir lejos de mamá y si está en la capacidad emocional de tomar una decisión, además de evaluar si sus padres han tenido una buena relación o su separación ha sido conflictiva. Analizar los jueces si la solicitud de tenencia del padre es realmente porque le importa el interés superior de su hijo o por un interés personal de el para afectarla a la madre.
4. CUARTO.- Decisión, con todos estos antecedentes que ya fueron comprobados y analizados por los jueces considero que por el interés superior del adolescente y al estar en una edad que si bien es cierto tiene el derecho de opinar también es una edad donde no está emocionalmente capacitado para tomar esa decisión, por esta razón considero que la madre siga manteniendo la tenencia de su hijo y más bien que entre padres por el bien del menor decidan tener una mejor relación de padres, manejen con mayor responsabilidad la corresponsabilidad parental, que el régimen de visitas sea más abierto en donde el adolescente también decida cuando los quiere ver al papá y más bien cuando tenga 18 años si desea irse con su papá ahí tome esa decisión como adulto que va a ser.