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 La condonación de deuda es un acto jurídico por el cual un acreedor libera al deudor de su obligación hacia él. Puede ser sobre la deuda total o parcial, y de forma gratuita u onerosa.

 El cumplimiento de la obligación, es la realización de la obligación que compromete desde el nacimiento de la obligación, al deudor para con el acreedor, que puede consistir en dar, hacer o no hacer una determinada acción.

DERECHO CIVIL II

El derecho civil es la rama del Derecho Privado que, por lo general, regula las relaciones civiles o privadas de las personas. En general, el derecho civil se ocupa del estado civil de las personas, sus derechos y deberes familiares, la propiedad y los demás derechos reales sobre las cosas, el régimen de las obligaciones y contratos y las sucesiones y herencias.

 

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 El pago puede ser hecho por el mismo deudor, por sus representantes o por cualquiera otra persona que tenga interés jurídico en el cumplimiento de la obligación. En principio, es el propio deudor quien está obligado a pagar y quien tiene el derecho de hacerlo.

CLASIFICACIFICACIÓN EN DERECHO CIVIL

EXTINCIÓN

Artículo 1043. Las obligaciones se extinguen: por el pago o cumplimiento; por la pérdida de la cosa debida; por la con donación de la deuda, por la confusión de los derechos de acreedores y deudores; por la compensación; por la novación.

Derecho Civil II